INVERTIR EN CHILE AGENCIA O SUCURSAL EN CHILE
INVERTIR EN CHILE AGENCIA O SUCURSAL EN CHILE
Como es sabido Chile
posee una de las economías más estables de la región y por lo tanto, se
convierte en uno de los países más atractivos para desarrollar una actividad
comercial, y esto dado a los tratados comerciales que esta posee con diversos países
la convierte en una gran oportunidad de negocio.
Para lograr este
cometido las empresas extranjeras pueden constituir dentro del territorio chileno
una Agencia o Sucursal de una empresa extranjera, que no es otra cosa que una sociedad
que se conforma por sociedades o
personas Jurídicas constituidas fuera del país, que fijan su domicilio en Chile para desarrollar una actividad comercial.
La condición general es que, independiente de su conformación, deben poseer un
domicilio fiscal permanente dentro del territorio nacional, ya sea
sucursales, oficinas, agentes o representantes.
Ahora bien, para lograr
este propósito existen 3 pasos claves para la formación de la Agencia o Filial dentro
del territorio chileno.
1. Designación de Representante Legal en Chile
La sociedad extranjera
debe designar un representante legal, con domicilio en Chile para que lleve a
cabo la constitución de la sucursal, filial y/o agencia apegados los
lineamientos intrínsecos en las leyes chilenas y en especial en los contenidos
en el Código de Comercio.
2. Legalización,
traducción y/o protocolización notarial de los documentos sociales extranjeros
La sociedad debidamente
constituida en el extranjero y que desee instalar una agencia dentro de Chile, deberá
actuar por intermedio del agente o representante designado. Dicha documentación
deberá venir apostillada para ser protocolizar ante notario, junto con los
antecedentes que acrediten que la sociedad se encuentra legalmente constituida
en conformidad a las leyes del país de origen con un certificado que acredite
la vigencia de la sociedad y la copia auténtica de los estatutos sociales
vigentes. Adicionalmente a lo anteriormente señalado, el poder general otorgado por la sociedad al representante deberá
contener amplias atribuciones para la formalización de la filial en
Chile.
En los casos de empresas
extranjeras con idiomas distintos al español, será necesario traducir al idioma
castellano toda la documentación, para luego legalizarlos en Chile.
3. Constitución
Social de "Agencia en Chile"
El representante de la
agencia o sucursal, al momento de la protocolización de los documentos sociales
extranjeros, debe declarar y suscribir una escritura pública, ante el mismo
notario, para que a nombre de esta y con el poder suficiente, constituya la
sociedad "Agencia en Chile", dando cumplimiento a todas las menciones
legales exigidas, entre las que destacan:
- El conocimiento
que la sociedad conoce la legislación chilena y sus reglamentos por los
que habrán de regirse en el país la agencia misma y sus actos, contratos y
obligaciones.
- La declaración que
los bienes de la sociedad quedan afectos a las leyes chilenas,
especialmente para responder de las obligaciones que deba cumplir en
Chile.
- La declaración de
que la sociedad se obliga a mantener en Chile bienes de fácil realización
para responder de las obligaciones que hayan de cumplirse en nuestro país.
- El domicilio de la
agencia principal, que tendrá el carácter de casa matriz en nuestro país,
sin perjuicio de poder abrir sucursales en otras ciudades de Chile.
Posteriormente, se
debe inscribir un extracto de la Escritura Pública de Constitución Social en el
Registro de Comercio, y publicar dicho extracto en el Diario Oficial y así poder darle nacimiento a este Agencia
en Chile.
En Fraile
& Acevedo, Abogados Asociados, ofrecemos servicio de Creación de
Agencia o Sucursal en Chile, para todos aquellos inversionistas extranjeros que
deseen llevar a cabo su actividad económica y tener presencia en el país, dando
un adecuado cumplimiento a la normativa vigente, con asesoría legal, contable,
tributaria, comercial y/o financiera para la completa puesta en marcha y
desarrollo de filial extranjera en Chile.
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