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¿CUÁL ES EL PLAZO LEGAL QUE DISPONE UN EMPLEADOR PARA ENVIAR POR CORREO CERTIFICADO LA NOTIFICACIÓN DE DESPIDO DEL TRABAJADOR?

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¿CUÁL ES EL PLAZO LEGAL QUE DISPONE UN EMPLEADOR PARA ENVIAR POR CORREO CERTIFICADO LA NOTIFICACIÓN DE DESPIDO DEL TRABAJADOR? De conformidad con lo previsto en el del Código del Trabajo, específicamente en el inciso 2° del artículo 162, el empleador que ponga término al contrato por alguna de las causales señaladas de los numerales 4, 5 ó 6 del artículo 159 o por cualquiera de las causales del artículo 160, deberá comunicarlo por escrito al trabajador mediante la carta de despido expresando la o las causales invocadas y los hechos en que se funda , toda vez que la ausencia de la carta de aviso de despido, impide al trabajador conocer por qué razones, hechos o conductas ha sufrido la mayor sanción laboral, como es la de perder su fuente laboral. A demás de lo anterior el empleador debe informar el estado del pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido y adjuntando los comprobantes que lo justifiquen , si el empleador no hubie

¿ES IMPUTABLE LA COLACIÓN DE LOS PROFESORES Y ASISTENTES A LA EDUCACIÓN A LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO?

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  ¿ES IMPUTABLE LA COLACIÓN DE LOS PROFESORES Y ASISTENTES A LA EDUCACIÓN A LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO ?   A los fines de poder dilucidar esta interrogante debemos de analizar los profesores y asistentes de la educación por separado de la siguiente forma;   a.- En relación a los docentes : se aplica el inciso primero del artículo 79 del estatuto docente el cual debe complementarse con el artículo 10 del Código de Trabajo, no existiendo en estas normas ninguna mención al horario de colación, pero la Contraloría General de la República como la Dirección del Trabajo están contestes en que la colación no forma parte de la jornada de trabajo , razón por la cual no debe ser consideradas una actividad curricular no lectiva ni imputada a horas no lectivas.   b.- En relación a los asistentes a la educación : la Dirección del Trabajo ha emitido el Ordinario 1890 de fecha 17 de julio de 2021, en relación con el artículo 39 de la Ley 21.109 en el que establece que los 30 minutos d

VENCE PLAZO PARA QUE EMPLEADORES REGISTREN CONTRATOS DE TRABAJO SUSCRITOS ANTES DEL 1 DE OCTUBRE DE 2021

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  Debemos de recordar que la Ley N° 21.327, de Modernización de la DT, publicada en el Diario Oficial el 30 de abril de 2021 señaló en su Artículo Decimocuarto que “ El empleador deberá cumplir con la obligación de registro establecida en el artículo 9 bis del Código del Trabajo, respecto de los contratos de trabajo celebrados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, dentro del plazo de un año contado desde su publicación , siempre que a la fecha del registro el respectivo contrato se encuentre en vigor . ”   Ahora bien, de la norma anteriormente señalada se colige que los empleadores deben cumplir con la obligación de registro de contratos de trabajo celebrados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la Ley, y para cumplir con la exigencia, los empleadores que se encuentren en la situación ya descrita deben ingresar a www.direcciondeltrabajo.cl y luego, mediante Clave Única si es persona natural, o a través de su representante electróni

¿QUÉ DEBE HACER EL EMPLEADOR SI ESTÁ ATRASADO EN EL PAGO DE LAS COTIZACIONES DE SUS TRABAJADORES?

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Lo primero que debemos de indicar es que si el empleador está atrasado en el pago de las cotizaciones de sus trabajadores no lo exime de su obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente. Ahora bien, en caso de que la relación laboral haya terminado y, por tanto, no corresponda el pago de las cotizaciones, el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación. Dicho lo anterior debemos de agregar que si el empleador no hubiere efectuado el integro de dichas cotizaciones previsionales al momento del despido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo según lo estipulado en el artículo 162 del Código del Trabajo. Por otro lado, los empleadores que tengan deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo. En cambio, los empleadores que en los últimos 24 meses hayan pagado

TIPOS DE CONTRATOS DE TRABAJO Y SU IMPORTANCIA

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  TIPOS DE CONTRATOS DE TRABAJO Y SU IMPORTANCIA El contrato de trabajo es una la herramienta legal que dará seguridad y protección a ambas partes durante la relación laboral dado que, por una parte, al trabajador le otorga claridad en sus funciones y garantiza sus derechos laborales , y, por otra, a la empresa le da la certeza de que el empleado conoce sus obligaciones, el cual está definido en el artículo 7 del Código del Trabajo de la siguiente forma: “ Contrato individual de trabajo una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada ”. Dicho lo anterior, es importante señalar que el mismo cuerpo normativo indica que el empleador que no haga constar por escrito el contrato dentro del plazo de quince días de incorporado el trabajador, o de cinco días si se trata de contratos por obra, trabajo o servicio

DECLARACIÓN DE INADMISIBILIDAD DE LA CORTE SUPREMA DE UNA SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE MULTA, POR NO ADJUNTAR LOS DOCUMENTOS EXIGIDOS.

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  Se pudo conocer que fue interpuso Recurso de Protección en contra del Ordinario Nº 560 de 4 de agosto de 2021 de la Inspección Provincial del Trabajo de Puerto Montt, por el que resolvió que no era posible incorporar nuevos antecedentes a un proceso ya finalizado de solicitud de sustitución de multa administrativa, ni el ejercicio de una nueva solicitud de sustitución de multa por capacitación, por lo cual la Corte Suprema revocó la sentencia pronunciada por la Corte de Puerto Montt quien había acogido el recurso de protección deducido en contra de la ya mencionado ente, señalando que debía admitir a tramitación la solicitud de sustitución de multa planteada teniendo en consideración los documentos acompañados , rechazando la acción de protección deducida. Arguye la Dirección del Trabajo que aplicó una multa en beneficio fiscal por cuanto la requerida no exhibió toda la documentación exigida y relativa a las relaciones de trabajo unos trabajadores, las que son necesarias para efec

¿QUÉ CONTIENE UNA LIQUIDACIÓN DE SUELDO?

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  ¿QUÉ CONTIENE UNA LIQUIDACIÓN DE SUELDO? Lo primero que debemos de saber es que la liquidación de sueldo , es el documento comúnmente impreso que reciben todos los trabajadores dependientes a final de mes en donde indica todos los montos pagados por concepto de remuneración, sueldo y los descuentos correspondientes, entre otros conceptos , el cual debe estar firmado por el trabajador y el empleador como medio de prueba del pago y la aceptación del sueldo realizado. Aunado a lo anterior debemos de recordar que con fecha 28 de octubre del año 2021 fue publicado en el Diario Oficial el Reglamento que determina cuales son los datos y la documentación que deberán consignar los empleadores para dar cumplimiento con el registro electrónico laboral en el portal de la Dirección del Trabajo, según lo dispuesto en el artículo 9 bis del Código del Trabajo; el cual contempla el registro del Libro de Remuneraciones Electrónico de manera estandarizada y mensual, con los pagos de remuneracione

DESPIDO POR NO CONCURRENCIA A TRABAJAR

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  DESPIDO POR NO CONCURRENCIA A TRABAJAR El Código del Trabajo señala en el artículo 160 las causales de despido que se denominan disciplinarias, por las cuales el trabajador no tiene derecho a indemnización por el preaviso y por sus años de servicio . Entre ellas se encuentra la no concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada, permitiendo al empleador despedir a su trabajador , ante:    -  Falta o inasistencia injustificada del trabajador dos días seguidos,  se ha entendido que la ley se refiere a días corridos y laborales, esto es, que no haya intermediación de tiempo entre los días. Tampoco se podría aplicar esta causal si durante los días de ausencia, el trabajador se presenta a la empresa a dar excusas o posteriormente justifica su inasistencia.   -  Falta o inasistencia injustificada del trabajador tres días en el mes,  done se requiere que la ausencia sea de 3 días completos, o   -  Falta o inasistencia injustificada del trabajador dos lunes en el mes , se t

LEY QUE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES DE PENSIONES DE ALIMENTOS

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  LEY QUE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES DE PENSIONES DE ALIMENTOS El pasado jueves 18 de noviembre se publicó en el Diario Oficial la Ley N.° 21.389 que “ CREA EL REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES DE PENSIONES DE ALIMENTOS Y MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES PARA PERFECCIONAR EL SISTEMA DE PAGO DE LAS PENSIONES DE ALIMENTOS ” Dicha normativa busca tres grandes objetivos: i)                    Promover el principio de corresponsabilidad, que significa que la responsabilidad de hacerse cargo de los hijos o hijas es en primer lugar de los padres, y, por tanto, ambos deben hacerse cargo de la crianza y el cuidado de estos. ii)                  Apunta a promover el interés superior del niño, y iii)                Pretende facilitar y mejorar el sistema de pago de las pensiones de alimentos, debido a que, pese a las medidas de apremio, lamentablemente existe un porcentaje importante de padres que no lo hace. Ahora bien, en lo que respecta a las obligaciones de los empleadores,