¿QUÉ CONTIENE UNA LIQUIDACIÓN DE SUELDO?

 

Qué contiene una liquidación de sueldos

¿QUÉ CONTIENE UNA LIQUIDACIÓN DE SUELDO?

Lo primero que debemos de saber es que la liquidación de sueldo, es el documento comúnmente impreso que reciben todos los trabajadores dependientes a final de mes en donde indica todos los montos pagados por concepto de remuneración, sueldo y los descuentos correspondientes, entre otros conceptos, el cual debe estar firmado por el trabajador y el empleador como medio de prueba del pago y la aceptación del sueldo realizado.

Aunado a lo anterior debemos de recordar que con fecha 28 de octubre del año 2021 fue publicado en el Diario Oficial el Reglamento que determina cuales son los datos y la documentación que deberán consignar los empleadores para dar cumplimiento con el registro electrónico laboral en el portal de la Dirección del Trabajo, según lo dispuesto en el artículo 9 bis del Código del Trabajo; el cual contempla el registro del Libro de Remuneraciones Electrónico de manera estandarizada y mensual, con los pagos de remuneraciones, asignaciones, otros beneficios e indemnizaciones, efectuados a sus respectivos trabajadores y que el registro deberá hacerse en forma mensual, dentro de los primeros quince días del mes siguiente al respectivo pago, con lo cual no solo es un documento que debe ser impreso sino que también es un documento que debe ser informado a la Dirección del Trabajo.

Ahora bien, los conceptos señalados tanto en el artículo 41 del Código de Trabajo como en la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo la remuneración es: “las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo”.

Dicho lo anterior debemos de indicar entonces que el artículo 42 del mismo cuerpo normativo señala que constituyen remuneración de la siguiente manera:

  • a) sueldo, o sueldo base, que es el estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo;
  • b) sobresueldo, que consiste en la remuneración de horas extraordinarias de trabajo;
  • c) comisión, que es el porcentaje sobre el precio de las ventas o compras, o sobre el monto de otras operaciones, que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador;
  • d) participación, que es la proporción en las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o sólo de la de una o más secciones o sucursales de la misma, y
  • e) gratificación, que corresponde a la parte de utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.

Por otro lado existen varios descuentos legales que se deben considerar en la liquidación de sueldos de cada trabajador, estas son:

a)   AFP: corresponde al 10% que se descuenta por concepto del ahorro obligatorio para la jubilación.

b)  Comisión AFP: Además del 10% del ahorro para la jubilación se debe pagar un porcentaje para las empresas que administran estos ahorros. El porcentaje varía según la AFP a la cual estamos asociada. Este punto debería estar visible en la liquidación de sueldo.

c)  Isapre: corresponde el 7% que se descuenta obligatoriamente para cubrir gastos de salud. Un plan de salud con una isapre podría ser menos del 7%, pero aún así se descuenta el 7%, donde la diferencia queda como excedente.

d)  Seguro de cesantía:  corresponde a un porcentaje que se paga para un fondo que en caso de estar desempleado se puede sacar y usar para solventar gastos mientras se busca otro empleo. En ocasiones este porcentaje total lo paga una parte el empleador y otra parte el trabajador

e)  APV: Este item podría o no podría estar en una liquidación de sueldo ya que corresponde a un ahorro previsional voluntario, es decir es un ahorro que el trabajador escoge tener para tener un mayor ahorro para la jubilación.

f)  Impuesto: Este item todas las liquidaciones de sueldo lo traen, pero varía entre 0% y 35% (para contratos mensuales) dependiendo del sueldo del trabajador. El dinero recaudado va directamente para el gobierno.

Para mayor información sobre nuestros servicios jurídicos y asistencias legales no dude en contactarnos por el email: fraileyacevedo@gmail.com o por los teléfonos +56 9 7659 8899 / +56 9 3754 1767

 


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